Tras la petición de la Asociación Naviera Valenciana se ha acordado en la mesa de Procedimientos telemáticos que cuando el Transporte Terrestre sea por cuenta del cargador (o su representante), las ordenes de entrega y admisión solo se podrán emitir hacia quien ha pedido el equipo. Así el Agente marítimo, que no es el contratante del transporte en el caso mencionado, no podrá́ introducir ningún dato del transportista.
Por cuestiones técnicas y para no dificultar la gestión del transporte dentro del puerto de Valencia, no ha sido hasta ahora en que se han implementado los cambios necesarios para que los cargadores gestionen directamente sus ordenes de entrega y admisión. Aunque desde abril de 2013 es opcional para los agentes marítimos indicar los datos del transportista en los “Transportes Cedidos (Merchant)”.
Los cambios se van a llevar a cabo en dos fases.
Desde el 1 de diciembre se añadirá una utilidad al servicio de transporte terrestre, mediante la cual aquellos cargadores (exportadores, importadores, transitarios, etc...) que no sean usuarios de valenciaportpcs.net recibirán la información de las ordenes de entrega y admisión por correo electrónico y las puedan gestionar con sus transportistas en parecidas condiciones a aquellas empresas registradas en valenciaportpcs.net.
Aviso importante para los Agentes Marítimos. Si el destinatario de una orden de entrega y admisión NO es usuario de valenciaportpcs.net, es obligatorio enviar en el mensaje una dirección de correo electrónico en los contactos de ese destinatario.
En una segunda fase, que se anunciará una vez solucionadas algunas cuestiones relativas al Closing Time vigente, se inhabilitará el campo del transportista para las ordenes de entrega y admisión emitidas por los agentes marítimos cuando el transporte sea por cuenta del cargador o sus representantes.
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